Enfermero(a) Anestesista

HOSPITAL DEL CENTRO COMPRENSIVO DE CÁNCER
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
PO Box 363027
San Juan, PR 00936-3027

Patrono con igualdad de oportunidades de empleo

CONVOCATORIA A EXAMEN 2024-47

Abierta al Público en General

Enfermero(a) Anestesista

SALARIO MENSUAL $5,100.00

SE ACEPTARÁN SOLICITUDES DE EMPLEO DESDE EL 12 DE FEBRERO DE 2024 HASTA AVISO DE CIERRE.

TIPO DE COMPETENCIA: COMPETENCIA DE INGRESO

REQUISITOS MÍNIMOS:

  • Graduado de un programa de maestría de Enfermero Anestesista de una universidad o colegio acreditado.
  • Licencia de enfermero anestesista vigente expedida por la Junta Examinadora de Enfermeros de Puerto Rico
  • Certificación de Enfermeros Anestesistas de la American Association of Nurse Anesthetists (AANA por sus siglas en ingles), Preferible.
  • Conocimientos o experiencia en Récord Médico Electrónico.
  • Colegiación y Registro de Licencia Profesional vigente.
  • Curso vigente de ACLS.
  • Bilingüe, español e inglés.

NATURALEZA DEL EXAMEN:

El examen consistirá de una evaluación de la preparación académica y experiencia.

NATURALEZA DEL TRABAJO:

El profesional asignado a este puesto tiene la responsabilidad de administrar anestesia y velar por la estabilidad del paciente. Ofrecer el cuidado médico al paciente antes, durante y después de realizar el procedimiento en la Sala de Operaciones conforme a los estándares de calidad y servicios del Centro.  Lleva a cabo sus funciones efectivamente y documenta toda la intervención que realiza con el paciente.   Su trabajo se evalúa mediante la ejecución del mismo al comienzo y luego de haber terminado y mediante informes que reflejan los resultados obtenidos.

NOTAS IMPORTANTES:

  1. El valor total del examen es de cien (100) puntos. Se adjudicará un setenta por ciento (70%), por el cumplimiento del requisito mínimo, un veinte por ciento (20%), por experiencia de trabajo adicional al requisito mínimo y hasta un máximo de un diez por ciento (10%), por preparación académica adicional a la requerida.
  2. Si el solicitante es empleado del Sistema de Administración de Recursos Humanos, establecido mediante la Ley Núm. 8 del 4 de febrero de 2017, según enmendada, se considerarán únicamente las funciones propias y el nivel de clasificación oficial del puesto en el cual fue nombrado.
  3. Los candidatos que indiquen poseer experiencia en el Sistema de Administración y Transformación de los Recursos Humanos deberán incluir, conjuntamente con su Solicitud de Examen una certificación de la agencia o empresa donde presta o haya prestado servicios que incluya:
    • Puesto ocupado por el solicitante;
    • Sueldo semanal, mensual o por hora si se trata de empleo a jornada parcial;
    • Fechas exactas en que adquirió la experiencia (día-mes-año) y cantidad de horas trabajadas, si se trata de empleo a jornada parcial;
    • Descripción de deberes y naturaleza del trabajo.

Toda certificación de empleo está sujeta a verificación y validación, antes del proceso de selección final.

  1. Se adjudicará puntuación adicional a la nota obtenida por concepto de Preferencia de Veterano establecida o Beneficiario del Programa de Asistencia Económica Gubernamental (Programa TANF), sujeto a que presente la evidencia oficial emitida por la autoridad competente que permita constatar que es acreedor a la preferencia solicitada o Persona con Impedimento cualificada.
    • Para reclamar la preferencia de Veterano será requisito presentar copia fotostática legible del Certificado de Licenciamiento o del Informe de Licenciamiento conocido como “Forma DD-214” o en su lugar “Certificación de la Administración Federal de Veteranos” que indique los periodos de servicio en las Fuerzas Armadas y clase de licenciamiento (honorable).
    • Para reclamar la preferencia por ser Persona Beneficiaria de los Programas de Asistencia Económica Gubernamental que se encuentran bajo las disposiciones de la “Ley de Reconciliación de Responsabilidad de Personal y Oportunidad Laboral en Puerto Rico”, Ley Pública Federal Núm. 104-193 de 22 de agosto de 1996, según enmendada, deberá estar próximo a cumplir sesenta (60) meses de participar de dichos beneficios. De reunir este requisito será necesario que presente una certificación oficial emitida por el Programa de Asistencia Económica Gubernamental, (Programa TANF) del cual usted es participante.
    • Para reclamar la preferencia de Persona con Impedimento, deberá presentar una certificación médica oficial emitida por una autoridad competente, con no menos de doce (12) meses, que evidencie la condición de impedimento de la persona. La Ley Núm. 81-1996, según enmendada, otorga este beneficio a toda persona con impedimento cualificada en cualquier examen. Esta ley aplicará a las personas cuyo impedimento afecta sustancialmente una o más de las actividades principales de su vida. El beneficio de esta ley no aplicará a las personas con impedimentos que cualifiquen para la preferencia de veteranos.
  2. El registro de elegibles se establecerá en orden descendente de las cualificaciones o puntuaciones obtenidas en el examen.
  3. Una vez presentada y evaluada la solicitud de examen, no se aceptará ninguna alteración a la información.
  4. Es indispensable que los candidatos presenten evidencia de toda la experiencia laboral y preparación académica que indiquen en su solicitud de examen.
  5. La experiencia adquirida mediante interinatos se acreditará si concurren las siguientes condiciones:
    • Designación oficial por escrito de la autoridad nominadora o su representante autorizado para desempeñar las funciones del puesto interinamente;
    • El puesto ocupado interinamente sea de clasificación superior al puesto que ocupa en propiedad;
    • Reunir los requisitos mínimos del puesto ocupado interinamente, al momento de la designación;
    • Haber desempeñado durante el periodo del interinato todos los deberes del puesto.
  6. Solamente cualifican para el ingreso al servicio público, los ciudadanos de los Estados Unidos de América y los extranjeros legalmente autorizados a trabajar.
  7. La experiencia adquirida será considerada siempre y cuando haya sido obtenida con posterioridad a la preparación académica requerida.
  8. Los grados académicos obtenidos en el extranjero deberán estar acompañados de la debida certificación de acreditación por las autoridades competentes.
  9. Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos correspondiente a los últimos cinco (5) años previos a su solicitud de examen para este puesto, si estaba obligado en ley a rendir la misma. Esta certificación es emitida por el Departamento de Hacienda. Puede solicitarla en una Colecturía de Rentas Internas o en la Colecturía de Rentas Internas Virtual. De ser el caso que en la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos para el año 2014, lea “Información No Disponible”, favor de presentar copia de la primera página de la planilla de contribución sobre ingresos del año anterior a la convocatoria, con el sello del Departamento de Hacienda, si usted presento la misma personalmente en dicho departamento. De haberla sometido electrónicamente, deberá incluir copia dela primera página, que refleje el número de validación.

    De usted no haber estado obligado por ley a rendir la planilla de contribución sobre ingresos durante uno o más años dentro del periodo de los últimos cinco previos a presentar su solicitud de examen, es requisito que presente la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos, acompañada de la Certificación de Razones por las Cuales el Contribuyente No Está Obligado por Ley a Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos (formulario del Departamento de Hacienda- SC2781). De usted no haber rendido planilla de contribución sobre ingresos durante los últimos cinco (5) años previos a presentar la solicitud de examen, deberá presentar la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos correspondiente a estos años, acompañada de la Certificación de Razones por las Cuales el Contribuyente No Está Obligado por Ley a Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos.

    Puede conseguir el formulario de Certificación de Razones por las Cuales el Contribuyente No Está Obligado por Ley a Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos en una Colecturía de Rentas Internas o en la Colecturía de Rentas Internas del Departamento de Hacienda.

    No se aceptarán copias de planillas de contribución sobre ingresos en sustitución de la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos.
  10. Certificación de cumplimiento o de deuda de ASUME, en original, emitida con no menos de treinta (30) días. Puede solicitarla en cualquiera de las oficinas de ASUME o en el portal cibernético del Gobierno de Puerto Rico, cuya dirección es: www.pr.gov
  11. Certificación de No deuda del CRIM, en original, con fecha vigente. Puede solicitarla en cualquiera de las oficinas del Departamento de Hacienda o en el portal cibernético www.crimpr.net
  12. Como condición de empleo el candidato seleccionado será sometido a la prueba de detección de sustancias controladas.

DÓNDE SOLICITAR:

Las personas interesadas deberán completar una Solicitud de Empleo en todas sus partes y entregar la misma en o antes de la fecha y hora de cierre antes indicada. La Solicitud de Empleo puede obtenerla a través nuestra página web, www.cccupr.org en el ícono: Empleos, o en el Hospital del Centro Comprensivo de Cáncer, Oficina de Recursos Humanos en el tercer piso, ubicado en carretera PR-21, intersección PR-18 Barrio Monacillos Urbano, San Juan, PR 00927.

QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR:

Público en General incluyendo los Empleados de la Rama Ejecutiva que reúnan los requisitos mínimos establecidos, así como los requisitos legales para poder ser nombrado en un empleo público.

CRITERIOS PARA LA ORDENACIÓN DE LOS CANDIDATOS EN EL REGISTRO DE ELEGIBLES:

Los elegibles serán colocados en estricto orden descendente utilizando las calificaciones o puntuación obtenida en el examen.

En casos de puntuaciones iguales el orden podrá determinarse tomando en consideración uno o más de los siguientes factores:

  1. Preparación académica general o especial;
  2. Experiencia relacionada con la clase de puesto;
  3. Fecha de radicación de la solicitud;

PUBLICIDAD:

Esta convocatoria será notificada a los empleados del Centro Comprensivo de Cáncer y además, disponible en la página electrónica del Centro y podrá publicarse por otros medios electrónicos de empleo.

EL CENTRO COMPRENSIVO DE CÁNCER ES UN PATRONO QUE OBSERVA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO Y COMO ACCION AFIRMATIVA NO DISCRIMINA POR RAZON DE RAZA, COLOR, EDAD, GENERO, O IDENTIDAD DE GENERO, SEXO, ESTADO DE EMBARAZO, ORIENTACION SEXUAL REAL O PERCIBIDA, NACIMIENTO, ORIGEN O CONDICION SOCIAL, ESTATUS CIVIL,  IDEAS POLITICAS O RELIGIOSAS, LIMITACION O IMPEDIMENTO FISICO O MENTAL, STATUS SEROLSÉ OGICO, CONDICION DE VETERANO, O POR SER VICTIMA O PERCIBIRSE COMO VICTIMA DE VIOLENCIA DOMESTICA,AGRESION SEXUAL O ACECHO.

Autorizado por la Oficina del Contralor Electoral OCE-SA-2023-00922

Información importante

Al momento de presentar su Convocatoria a Examen, tiene que reunir los requisitos mínimos.

Antes de enviar la documentación, asegúrate de revisar la misma presionando en la siguiente Lista de Cotejo.

Descarga la Solicitud de Empleo CCCUPR aquí, y envía todo al Departamento de Recursos Humanos a empleo@cccupr.org.

Recuerda siempre incluir el nombre del puesto y número de Convocatoria a Examen, para así identificar el puesto que solicitas.

Evaluación:

Toda solicitud deberá indicar el nombre del puesto y número de Convocatoria a Examen que solicita, ya sea entregado a la mano o por otro medio.

Se establecerá un registro de elegibles de ingreso como resultado de esta convocatoria. Los nombres de los elegibles serán ordenados en el registro, según la evaluación de preparación académica, adiestramientos y experiencia.

Aquellos candidatos que sean seleccionados para el proceso de entrevistas, su ejecutoria durante éstas será parte de la evaluación final.

Las solicitudes de Convocatoria a Examen que no estén completas en todas sus partes, serán denegadas. Toda información falsa, incompleta o incorrecta, constituirá justa causa para que se descalifique, deniegue el empleo solicitado o para el despido, según sea el caso.

Notas:

En cumplimiento de la ley núm. 254, de 31 de agosto de 2000 y de la Carta Circular núm. 1300-21-02, es requisito general para el ingreso al servicio público, evidenciar al momento de la solicitud de empleo, que se ha rendido la planilla de contribución sobre ingresos durante los cinco (5) años previos a la solicitud, si la persona estaba obligada a rendir la misma; o evidencia acreditativa a los efectos de que no debía radicar planillas durante todo o en parte del periodo antes mencionado.

En el Hospital del Centro Comprensivo de Cáncer es una condición de empleo el someterse a la prueba de detección de sustancias controladas, conforme a la ley 78 del 14 de agosto de 1997.

El Hospital del Centro Comprensivo de Cáncer ofrece igualdad de oportunidad de empleo.