Junta de Subastas

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El Artículo 5 del Reglamento de Compras y Subastas del Centro Comprensivo de Cáncer de la Universida de Puerto Rico describe la composición y funciones de la Junta de Subastas. A continuación lo reproducimos íntegramente para referencia. Para una lectura completa del Reglamento, puede descargarlo en versión PDF: REGLAMENTO DE COMPRAS Y SUBASTAS DEL CCCUPR.

Artículo 5 – Junta de Subastas

a. Se crea una Junta de Subastas, la cual será nombrada por el Director Ejecutivo del Centro y confirmada por la Junta de Directores quien, además, designará su Presidente.

b. Esta Junta de Subastas tendrá la responsabilidad de decidir y determinar el procedimiento de adquisición de servicios, equipos, materiales y servicios no profesionales conforme a la necesidades del Centro en cumplimiento con las leyes y reglamentos aplicables, entiéndase sobre las subastas formales e informales y en cualquier otro asunto relacionado con la función de compras que el Director Ejecutivo del Centro considere conveniente, que sea decidido por la misma.

c. Los miembros de la Junta de Subastas no percibirán remuneración alguna o adicional por los servicios prestados como tales.

d. La Junta de Subastas se compondrá de cinco (5) miembros como sigue:

i. el Subdirector Ejecutivo,

ii. el Principal Oficial Financiero quien actuará como Secretario,

iii. el Director Facilidades del Centro,

iv. un investigador y

v. un Director de la Junta de Directores del CCCUPR.

e. El subdirector Ejecutivo y el Principal Oficial Financiero serán ex oficios en esta Junta y el restante de los miembros servirán un término de cuatro (4) años a partir de su nombramiento a menos que el Director Ejecutivo y/o la Junta de Directores determinen lo contrario. Estos se desempeñarán en tal posición hasta que sus sucesores sean nombrados y asuman la posición.

f. El Director Ejecutivo nombrará, además, dos miembros suplentes para que en caso de que sea necesario puedan sustituir a los miembros permanentes de la Junta de Subastas.

g. Las reuniones de la Junta de Subastas serán citadas por su Presidente o por su Secretario. En ausencia del Presidente le sustituirá otro miembro que no sea el Secretario de la Junta de Subastas.

h. Una mayoría de tres (3) miembros de la Junta de Subastas constituirá QUÓRUM y los acuerdos serán por mayoría de los presentes, disponiéndose que en aquellos casos en que hubiere empate, se someterá el caso al Director Ejecutivo para su decisión.

i. La Junta de Subastas pudiera invitar cualquier especialista, preferiblemente un compañero empleado y/o usuario principal del artículo a comprar, que estime necesario para la evaluación de una subasta especializada en la que entienda que por los aspectos técnicos de la compra el insumo de este especialista sería de utilidad. Este especialista se utilizará para aclarar cualquier interrogante de uso, garantías o cualquier otra información específica que pudiera ser importante para la toma de decisiones de la Junta de Subastas.

j. La Junta de Subastas podrá nombrar comités técnicos que le asistan en la evaluación de las propuestas.  La Junta evaluará la recomendación presentada por dichos comités pudiendo aceptar o rechazar la misma.

k. El Secretario de la Junta de Subastas mantendrá al día un libro de actas en donde se harán constar todos los asuntos, acuerdos y recomendaciones de cada reunión que se celebre. Además, velará porque en la celebración de subastas formales se provea la participación del mayor número posible de licitadores.

Miembros de la Junta de Subastas

 

José E. Dávila, Subdirector Ejecutivo – Presidente

Grendaliz Vélez, Principal Oficial Financiero – Secretaria

Lic. José Rosario Albarrán, Miembro de la Junta de Directores CCCUPR

Blanca Ralat, Investigadora

Ing. Moisés Pérez, Director de Planta Física

Luis Wilkes, Director de Sistemas de Información – Miembro Suplente

María del Carmen Ortiz, Analista Financiero – Miembro Suplente

 

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